1) Funciones del Corredor de Granos:
2) Responsabilidad del Corredor de Granos: Ver Información detallada en el Menú
3) Herramientas necesarias para operar en el Comercio de Granos
No dude en contactarnos para obtener mas información sobre temas específicos. A través del Menú puede consultar y/o descargar información sobre los siguientes temas:
– Aperturas de Cuenta en Consiagro SA y en los Compradores: Información necesaria para la Apertura de Cuenta
– Inscripciones necesarias en los distintos Organismos: AFIP, Registro Único de Operadores, Bolsa, etc. para poder operar libremente en el Comercio de Granos
– Bolsa de Cereales: porque y como inscribirse, y toda la información relativa a los Boletos de Compraventa
– SISA (Sistema de Información Simplificado Agrícola): porque y como inscribirse / Estados / Retenciones Aplicables / Regímenes de Información
– Entregas: Destinos y Destinatarios / Requisitos para Ingreso a Planta / Cartas de Porte / CTG / Arribos / Rechazos / Desvíos / Transferencias / Régimen de Información / Etc.
– Obligaciones de Información a la AFIP y al Ministerio de Agricultura: lo necesario para lograr el Reintegro Sistemático del IVA Retenido, Información de Cartas de Porte No Usadas, Información de Capacidad de Producción y Existencias, etc.
– IVA: Tipos de Retenciones, Reintegro Sistemático del IVA Retenido, Exclusiones, Percepción en Pago con Granos (Canjes)
– Ganancias e Ingresos Brutos: Regímenes de Retención
– Plazos de Pago: Plazos de Pago estimados de acuerdo al tipo de Comprador
– Requisitos Compradores: requerimientos particulares de algunos Compradores en cuanto a Documentación para Apertura de Cuenta y Condiciones Comerciales
– Derechos de Exportación: Régimen actual y Cálculo del Fas Teórico
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Telefonos: 4774-1824 / 3526-4248 / 15-54859696
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25 noviembre, 2014 en 13:09
Buenos días
Les escribo, porque me salió la posibilidad de canjear scrap de fertilizante procesado por soja y no sé cómo hacerlo, se que ustedes se dedican asesorar.
Yo me dedico a comprar scrap de fertilizante en los puertos o empresas privada lo reacondiciono y lo vuelvo a vender para el agro.
Quiero preguntarles que tengo que hacer, los papeleos, soy responsable inscripto, tengo una empresa familiar.
Por favor me gustaría ver si me pueden asesorar ¿
Espero algún comentario
Saludos
http://www.fertilcorp.com.ar
12 mayo, 2017 en 15:44
Buenas tardes: quería saber si está vigente la RG 991 de Afip. Gracias
8 noviembre, 2017 en 11:59
Hola – tengo un problema – este año “no sembré trigo” como algunos cultivos de verano q no he sembrado, no cargue ninguna info, y ahora que quería hacer una operación con soja me sale q no puedo porque tengo declaración 0 de siembra de cosecha fina – saben como arreglo esto?
27 septiembre, 2018 en 9:39
Buenos días estimados.
Consulta: Las LPG en casos de canejes, se registran en AFIP?
Saludos y gracias
27 septiembre, 2018 en 10:17
Cuando se emite una Primaria porque un Productor entrega grano al Canjeador, en general no lleva Retencion de IVA porque el Canjeador compensa esa Primaria con su Factura por la venta del Insumo, por lo que aunque la Primaria se Registren en la AFIP no tiene ningun efecto en la practica
28 agosto, 2019 en 10:12
Buen día , consulto el siguiente caso que se me presenta, un arrendador recibe cereal de un productor, se hace un certificado de transferencia del cereal depositado en el acopio, posteriormente el arrendador quiere vender ese cereal al acopio , qué liquidación o factura correspondería hacer por esta operación entre el arrendador y el acopio?, (el arrendador no es productor)
Sdos cordiales.
28 agosto, 2019 en 10:31
El Arrendador recibió el grano en calidad de inscripto en Ruca como Canjeador, así que al venderlo tiene que facturarse con una Liquidación Secundaria de Granos, porque actúa como Operador y no como Productor
30 octubre, 2019 en 10:31
buenos dias, un acopio confecciona liquidacion de cereales, la diferencia entre el iva retenido y y la retencion que se debe depositar en bco en la cbu del podructor tiene una fecha determinada.
30 octubre, 2019 en 10:38
La resolución no contempla la fecha de pago pero el pago del IVA no debiera demorarse mas allá de la fecha de pago de la mercadería. El hecho imponible para emitir la retención de IVA es el pago, por lo que es lógico que no se extienda mas allá de esa fecha